Padrón Único de Beneficiarios

Marco jurídico

DEL DERECHO HUMANO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN, Y SU GARANTÍA.

El Derecho Humano de Acceso a la Información se consagra en el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como como en el artículo 4° de la Constitución Política del Estado de Jalisco; de los cuales se desprende que corresponde al Estado garantizar a los ciudadanos, el ejercicio pleno de este derecho. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_120419.pdf  CPEUM


LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS.

El Padrón Único de Beneficiarios de Programas Gubernamentales es una herramienta que coadyuva a garantizar y hacer efectivo el derecho a toda persona de solicitar, acceder, consultar, recibir, difundir, reproducir y publicar información pública, de conformidad con la fracción II, numeral 1 del artículo 2, de la ley en la materia, así como la tutela y protección de los datos personales en poseción de los sujetos obligados, catalogada como información confidencial, como lo establece el artículo 21, de la misma ley. http://congresoweb.congresojal.gob.mx/BibliotecaVirtual/busquedasleyes/Listado.cfm#Leyes CPEJ  LTAIPEJM  LDSEJ


LEY DE DESARROLLO SOCIAL PARA EL ESTADO DE JALISCO.

Conforme a los artículos Quinto, Décimo y Décimo Primero Transitorios, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, publicada en el Periódico Oficial el día 5 de diciembre de 2018, la obligación de integrar, supervisar, coordinar y, por lo tanto, llevar acabo las actualizaciones del PUB, le corresponde a la Secretaría del Sistema de Asistencia Social, de observancia a lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de Jalisco.

A través de los artículos 31 Bis, 31 Ter, 31 Quater y 31 Quinquies, se establece con claridad el objeto y fines que se persiguen con el Padrón Único de Beneficiarios, así como la importancia de preservar los datos personales vertidos en el mismo. http://congresoweb.congresojal.gob.mx/BibliotecaVirtual/busquedasleyes/Listado.cfm#Leyes CPEJ  LTAIPEJM  LDSEJ


REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS SOCIALES ESTATALES 2021.

Las Reglas de Operación de los Programas Sociales de la Secretaría del Sistema de Asistencia Social, para su edición 2021, se encuentran debidamente publicadas en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", de las que se destaca que todas cuantan con un punto denominado "Transparencia y Rendición de Cuentas", en el que se dedica un apartado específico para hablar sobre la obligación que tiene el área ejecutora de cada programa, de integrar, publicar, actualizar y divulgar a través de esta herramienta, el Padrón de Beneficiarios, generando con motivo de la operación de los programas; dichas reglas de operación podrán ser consultadas en la página: https://programas.app.jalisco.gob.mx/programas/sistemaDeProgramasPublicos



LINEAMIENTOS PARA LA INTEGRACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE PADRONES DE PERSONAS BENEFICIARIAS EN EL PADRÓN ÚNICO DE PERSONAS BENEFICIARIAS (PUB), DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO.

Los lineamientos, son la herramienta con la que cuentan las dependencias y/u organismos del Poder Ejecutivo del Estado, para realizar de menara adecuada el llenado y la integración del Padrón Único de Personas Beneficiarias, y con ello unificar los criterios en dicho formato dentro de la administración pública estatal: https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/05-07-19-iv.pdf


MANUAL OPERATIVO.

El Manual Operativo del “Sistema de Padrón Único de Beneficiarios de Programas Gubernamentales del Estado de Jalisco”, es un documento que describe el proceso, la estandarización de criterios y homologación operativa desde la fase de programación hasta el archivo de los documentos y publicación de la información del Padrón Único de Beneficiarios: Manual Operativo del Sistema Integral de Información de Padrón único de Personas Beneficiarias